Jurisprudencia judicial · Valor aduanero

Vulneración de derechos en una actuación aduanera

Se acoge el reclamo porque la observación y la medida disciplinaria contra el almacenista se dictaron y notificaron fuera del plazo de tres años.

Identificación del antecedente

Tribunal o autoridad
Tribunal de valparaiso
Rol o referencia
RIT VD-14-00019-2024
Parte
Puerto columbo s.a. con direccion nacional de aduanas
Fecha
14 de febrero de 2025
Materia
Artículo 19 nº 24 cpr — Procedimiento especial por vulneración de derechos
Normas citadas
Artículo 19 nº 24 cpr; Ordenanza de Aduanas; Procedimiento especial por vulneración de derechos

Resultado

Se acoge el reclamo porque la observación y la medida disciplinaria contra el almacenista se dictaron y notificaron fuera del plazo de tres años.

Criterio organizado por el ICDA

Se acoge el reclamo porque la observación y la medida disciplinaria contra el almacenista se dictaron y notificaron fuera del plazo de tres años.

Fuente primaria

Repositorio oficial OJV de los TTA (buscar por RIT)

Sentencia de término consultada en el repositorio oficial de los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

La ficha forma parte del Observatorio Judicial Aduanero del ICDA y se actualizará cuando se incorporen nuevos antecedentes oficiales.

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