Jurisprudencia judicial · Valor aduanero

Rebaja de valor aduanero por siniestro y pérdida total

Comentario ICDA: la valoración debe considerar el estado real de la mercancía al arribo cuando existe un hecho sobreviniente acreditado, como un siniestro durante el transporte.

Identificación del antecedente

Tribunal o autoridad
TTA de Valparaíso
Rol o referencia
RUC 18-9-0000167-K / RIT GR-14-000021-2018
Fecha
12 de junio de 2019
Materia
Rebaja de valor aduanero por siniestro y pérdida total
Normas citadas
Acuerdo de Valoración Aduanera; reclamación aduanera

Problema jurídico

Si el valor aduanero podía ajustarse cuando la mercancía arribó averiada y con un valor residual distinto al declarado anticipadamente.

Resultado

Reclamo acogido; se ordenó recalcular el valor y devolver el IVA pagado en exceso.

Criterio organizado por el ICDA

Comentario ICDA: la valoración debe considerar el estado real de la mercancía al arribo cuando existe un hecho sobreviniente acreditado, como un siniestro durante el transporte.

Fuente primaria

TTA de Valparaíso

La ficha forma parte del Observatorio Judicial Aduanero del ICDA y se actualizará cuando se incorporen nuevos antecedentes oficiales.

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