Identificación del antecedente
- Tribunal o autoridad
- Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Tarapacá
- Rol o referencia
- RIT VD-02-00008-2026
- Parte
- Importadora y Exportadora Zafiro SpA con Aduana de Iquique
- Fecha
- 7 de julio de 2026
- Materia
- Vulneración de derechos y plazo para reclamar
- Normas citadas
- Ordenanza de Aduanas; procedimiento especial de vulneración de derechos; plazo de quince días hábiles
Problema jurídico
Si la reclamación había sido interpuesta dentro del plazo legal y si correspondía resolver la alegación de incompetencia planteada por Aduanas.
Resultado
Reclamación declarada extemporánea; la alegación de incompetencia fue considerada prematura e improcedente. Sin costas.
Criterio organizado por el ICDA
El plazo de quince días hábiles del procedimiento de vulneración es determinante para su admisibilidad; vencido, no procede entrar al fondo del reclamo.
Fuente primaria
Repositorio oficial OJV de los TTA (buscar por RIT)
Sentencia con parte resolutiva verificada en el repositorio oficial; no corresponde a una mera citación a oír sentencia.
